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Fecha de publicaciónTítuloAutor(es)
1780Fueros, privilegios, franquezas y libertades del M.N. y M.L. Señorío de Vizcaya : confirmados por el rey nuestro señor don Carlos III (que Dios guarde) y sus gloriosos predecesores.Egusquiza (Bilbao), imp.
1756Lecciones naúticas : explicadas en el Museo Mathemático de el M.N. y M.L. Señorío de Vizcaya, noble villa de Bilbao y su ilustre Casa de Contratación / su autor, Miguel Archer.Egusquiza (Bilbao), imp.; Archer, Miguel.
1759Motivos de consuelo, que presenta al Rey Nuestro Señor su M.N. y M.L. Señorío de Vizcaya, para aliviar su justo dolor en la sentida muerte de su amada esposa la Serenísima Señora Da. María Bárbara de Portugal, que Dios tenga en su Santa Gloria : sermón de honras de la Reyna Nuestra Señora / que predicó Bernardo de Cifuentes.Egusquiza (Bilbao), imp.; Cifuentes, Bernardo de (S.I.)
1789Oración fúnebre que consagró a la memoria del señor D. Carlos III, Rey de España, el M.N. y M.L. Señorío de Vizcaya, en la Iglesia de Santa María de Guernica..., el día diez y siete de febrero del año de mil setecientos ochenta y nueve / la dixo Joaquín de Avendaño.Egusquiza (Bilbao), imp.; Joaquín de Avendaño (O.F.M.Cap.)
1782Pragmática Sanción por la qual se declara y establece lo que debe observarse en el pago, y aceptación de Letras de Cambio, para evitar tergiversaciones y providencias arbitrarias e inconstantes.Egusquiza (Bilbao), imp.; España. Rey (1759-1788 : Carlos III)
1783Pragmática-Sanción en fuerza de ley, en que se dan nuevas reglas, para contener, y castigar la vagancia de los que hasta aquí se han conocido con el nombre de Gitanos, o Castellanos nuevos, con lo demás que expresa.Meabe, José de.; Egusquiza (Bilbao), imp.; España. Rey (1759-1788 : Carlos III)
1785Real Cédula de S.M. (de 12 de diciembre de 1784) declarando por punto general estar comprehendidas en el goze de franquicias del Real Decret [sic] de diez y ocho de Junio de mil setecientos cinquenta seis, y sin sujección a opresiones gremiales, todas las Fábricas de Medias de Seda Fina, Filadis, y Algodón establecidas, y que se establezcan en estos Reynos ; Real Cédula de S.M. (de 14 de diciembre de 1784) concediendo por punto general la libertad de que sin distinción de personas, se puedan fabricar todo género de Tegidos de Lino, y Cáñamo en los términos que se propone.Elorriaga, Martín Innocencio de.; España. Rey (1759-1788 : Carlos III); Egusquiza (Bilbao), imp.
1788Real Cédula de S.M. y Señores del Consejo (de 11 de septiembre de 1788) en que se mandan guardar, y cumplir las resoluciones que se citan, para que no se permita volver a los Pueblos con licencia temporal, o absoluta a los que por sus excesos han sido destinados a las armas por las Justicias, y Tribunales, hasta cumplido el término porque fueron aplicados.Arias, Juan Bautista de.; España. Rey (1759-1788 : Carlos III); Egusquiza (Bilbao), imp.
1788Real Cédula de S.M. y Señores del Consejo (de 15 de mayo de 1788) en que se aprueba la Instrucción inserta de lo que deberán observar los Corregidores, y Alcaldes Mayores del Reyno.Arias, Juan Bautista de.; España. Rey (1759-1788 : Carlos III); Egusquiza (Bilbao), imp.
1784Real Cédula de S.M. y Señores del Consejo (de 1o. de agosto de 1784) por la qual se ordena en conformidad de la Resolución inserta lo que deben observar los Juezes ordinarios, y Gefes militares en el arresto, y castigo de los reos que cometieren algún desacato contra ellos, con lo demás que se expresa.Elorriaga, Martín Innocencio de.; España. Rey (1759-1788 : Carlos III); Egusquiza (Bilbao), imp.
1784Real Cédula de S.M. y Señores del Consejo (de 1o. de julio de 1784) por la qual se manda observar la Ley veinte y tres, título siete, libro primero de la Recopilación en quanto a que no se vendan libros que vengan de fuera del Reyno en qualquier idioma, y de qualquier materia que sean, sin que primero se presente un egemplar en el Consejo, y se conceda licencia para su introducción, o venta, con lo demás que se expresa.Elorriaga, Martín Innocencio de.; España. Rey (1759-1788 : Carlos III); Egusquiza (Bilbao), imp.
1784Real Cédula de S.M. y Señores del Consejo (de 2 de septiembre de 1784) por la qual se declara en favor de todas las mugeres del Reyno la facultad de trabajar en la manufactura de hilos, como en todas las demás Artes en que quieran ocuparse, y sean compatibles con el decoro, y fuerzas de su sexo, con lo demás que se expresa.Elorriaga, Martín Innocencio de.; España. Rey (1759-1788 : Carlos III); Egusquiza (Bilbao), imp.
1784Real Cédula de S.M. y Señores del Consejo (de 2 de septiembre de 1784) por la qual se declara que para el egercicio de qualesquiera Artes, y Oficios no ha de servir de impedimento la ilegitimidad que previenen las Leyes, subsistiendo para los empleos de Juezes, y Escribanos lo dispuesto en ellas, en la conformidad que se expresa.Elorriaga, Martín Innocencio de.; España. Rey (1759-1788 : Carlos III); Egusquiza (Bilbao), imp.
1790Real Cédula de S.M. y Señores del Consejo (de 27 de mayo de 1790) por la qual se declara que la prohibición de introducir libros enquadernados fuera del Reyno, contenida en Real Cédula de dos de Junio de mil setecientos setenta y ocho, se ha de entender con los libros que vengan de surtido, y en más número que de un solo exemplar, observándose en uno y otro caso las formalidades que se expresan.Elorrieta, Josef Antonio de.; España. Rey (1788-1808 : Carlos IV); Egusquiza (Bilbao), imp.
1788Real Cédula de S.M. y Señores del Consejo (de 4 de noviembre de 1787) en que se manda guardar, y cumplir la resolución tomada para que se remitan de España a las Islas Filipinas, a el servicio de los Cuerpos veteranos de ellas, el número de Desertores del Egército, y otros reos, que no siendo de delitos feos, se destinan a Puerto-Rico, y Presidios de Africa, en la conformidad que se expresa.Urrengoechea, Joseph de.; España. Rey (1759-1788 : Carlos III); Egusquiza (Bilbao), imp.
1784Real Cédula de S.M. y Señores del Consejo (de 6 de septiembre de 1784) por la qual se declara que a ningún empleado en Rentas compete privilegio alguno que impida a los dueños propietarios de casas el uso libre de ellas, y que solo deben gozarle en los casos que se refieren.Elorriaga, Martín Innocencio de.; España. Rey (1759-1788 : Carlos III); Egusquiza (Bilbao), imp.
1787Real Cédula de S.M. y Señores del Consejo, (de 11 de febrero de 1787) por la que se prescriben las reglas que han de observarse en las qüestuaciones de los Regulares mendicantes, en la administración de bienes de las Ordenes Regulares que pueden tenerlos, y pernoctación de los Religiosos fuera de clausura, todo en la conformidad que se expresa.Fruniz, Juan Manuel de.; Egusquiza (Bilbao), imp.; España. Rey (1759-1788 : Carlos III)
1791Real Cédula de S.M. y señores del Consejo, (de 20 de julio de 1791) en que por punto general se manda, que las justicias hagan matrículas de los extrangeros residentes en estos reynos, con distinción de transeuntes, y domiciliados, y se establecen las reglas que deberán observarse con unos, y otros, y el modo de permitir la entrada de los que vengan de nuevo a estos reynos.Marín (Madrid), imp.; España. Rey (1788-1808 : Carlos IV); Egusquiza (Bilbao), imp.
1786Real Cédula de S.M. y Señores del Consejo, (de 29 de septiembre de 1786) por la qual se manda guardar, cumplir, y observar el Tratado de paz, y amistad ajustado entre esta Monarquía, y el Dey, y Regencia de Argel, y que se proceda en los casos que ocurran con arreglo a su literal tenor que va inserto, castigando rigurosamente a los contraventores, en la conformidad que se expresa.Fruniz, Juan Manuel de.; Egusquiza (Bilbao), imp.; España. Rey (1759-1788 : Carlos III)
1784Real Cédula de S.M. y Señores del Consejo, de 24 de junio de 1784, por la qual se manda observar, y guardar los Capítulos insertos de la Real Pragmática sobre la extinción de los llamados Gitanos, y la Real resolución que se cita, dirigida a preservar de insultos los caminos, y Pueblos, con lo demás que se expresa.Elorriaga, Martín Innocencio de.; España. Rey (1759-1788 : Carlos III); Egusquiza (Bilbao), imp.